7. CUENTAS DE ORDEN DEUDORA




7.1 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS

 




DESCRIPCION

Registra las operaciones que no inciden ni en la situación financiera ni en los resultados de la institución financiera durante el período.












Registra los valores y bienes de la entidad entregados a terceros para cobranza, custodia o en comodato. Incluye los títulos valores reportados por ventas con acuerdo de recompra, o por ventas de títulos valores con acuerdo de reventa, entregados en custodia de terceros.  Adicionalmente, registrará los bienes entregados en arrendamiento financiero y los cánones en arrendamiento financiero vendidos y otros valores y bienes entregados.

SE DEBITA:
1.     Por el valor nominal de los documentos entregados a terceros para su cobro.
2.     Por el valor nominal de los títulos fiduciarios y el valor en libros de los bienes muebles.
3.    Por el valor en libros de los títulos valores vendidos con acuerdo de recompra o vendidos con acuerdo de reventa, que hayan sido entregados en custodia de otras personas naturales o jurídicas.
4.   El valor de los bienes arrendados provenientes de la cuenta 1703  Bienes por arrendar.
5.    Por el monto de los cánones vendidos.
6.    Por el valor de los bienes entregados en comodato.
SE ACREDITA:
1.     Por la recuperación efectiva de las comisiones.
2.    Por la nota de crédito, giro a favor de la entidad por la liquidación de la cobranza o por la devolución del documento encargado al cobro.
3.    Por la liquidación de la operación principal que originó el depósito en garantía y la consecuente devolución del documento y la cancelación del gravamen sobre los bienes muebles e inmuebles.
4.    Por la recuperación de los valores fiduciarios, los bienes muebles y los títulos valores reportados.
5.     Por la venta de los bienes o por hacerse efectiva la opción de compra.
6.     Por la recuperación de los bienes arrendados.
7.  Por la recompra de los cánones a la fecha de su vencimiento.
8.    Por la recuperación de los bienes entregados en comodato.



DESCRIPCIÓN
Registra los documentos suscritos a favor de la entidad, los valores fiduciarios y bienes muebles o inmuebles de su propiedad, entregados a terceros en garantía de operaciones de crédito y obligaciones contraídas. Los valores entregados en garantía se registrarán en cada una de las subcuentas, de acuerdo al tipo de bien entregado
SE DÉBITA:
1.    Por el valor nominal de los documentos y valores fiduciarios y por el valor de los bienes muebles e inmuebles al momento de ser entregados en garantía.
SE ACRÉDITA:
  1. Por la efectivización de los valores entregados en garantía por incumplimiento de los compromisos contraídos.
  2. Por terminación o cumplimiento del contrato que generó la garantía entregada y su inscripción en los respectivos registros mercantil o de la propiedad.


710305  Inversiones
710310 Cartera de créditos
710315 Deudores por aceptación
710320 Cuentas por cobrar
710325 Bienes realizables, adjudicados por pago y arrendamiento mercantil
710330 Otros activos

DESCRIPCION

Registra los activos castigados por la entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 70 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero; así como aquellos que por haber permanecido vencidos han sido calificados de incobrables  y de acuerdo a lo establecido en las disposiciones legales vigentes se castigan, previa notificación a la Superintendencia de Bancos y Seguros. Cuando se declara la prescripción de la acción judicial, deben incinerarse los documentos con la presencia de un delegado de la Superintendencia de Bancos y Seguros, dejando un detalle en actas de los valores incinerados.
SE DEBITA:
1.      Por el importe de los activos castigados
SE ACREDITA:
1.   Por la recuperación del valor de los activos castigados.
2.  Por el monto de los documentos y accesorios que de conformidad con las disposiciones legales haya prescrito su acción judicial.
Subcuentas
710405 Del país
710410 Del exterior

DESCRIPCION

Registra el valor de las líneas de crédito contratadas por la entidad, en el país o en el exterior, para su utilización bajo las diferentes formas de crédito. El saldo corresponderá a la porción no utilizada del crédito obtenido.
SE DEBITA:
1.      Por el valor de las líneas de crédito obtenidas por la entidad.

SE ACREDITA:
1.       Por la utilización parcial o total del crédito concedido a la entidad.
2.       Por el saldo del crédito no utilizado al vencimiento del contrato.



710505 Inversiones
750510 Cartera de créditos
750515 Deudores por aceptación
750520 Cuentas por cobrar
750525 Bienes realizables, adjudicados por pago y arrendamiento mercantil
710530 Otros activos
710535 Operaciones contingentes

 

DESCRIPCION

Registra el valor de las operaciones activas y operaciones contingentes con empresas consideradas como vinculadas según lo establecido por la Superintendencia de Bancos en la determinación de vinculación de las personas naturales y jurídicas por propiedad, administración o presunción.
SE DEBITA:
1.       Por las operaciones activas que se han concedido a las personas consideradas como vinculadas, según lo establecido.

2.       Por el financiamiento concedido directa o indirectamente a las empresas vinculadas.

SE ACREDITA:
1.         Por los abonos y cancelaciones por los créditos, aceptaciones bancarias, operaciones contingentes y otras obligaciones accesorias que mantengan las empresas vinculadas a la entidad.
2.         Por venta o transferencia de las acciones, participaciones u obligaciones en empresas vinculadas.


Subcuentas
710605 Inversiones
710610 Cartera de créditos
7105615 Deudores por aceptación
710620 Cuentas por cobrar
710625 Bienes realizables, adjudicados por pago y arrendamiento mercantil
710630 Otros activos
710635 Operaciones contingentes

DESCRIPCION

Registra las inversiones efectuadas (incluida la participación accionaria), préstamos otorgados y operaciones contingentes a favor de subsidiarias y afiliadas, esto es, a instituciones en las que la entidad mantiene un nivel de participación del 20% o más en el capital pagado.




SE DEBITA:
1.      Por el financiamiento concedido en forma directa o indirecta a las subsidiarias y afiliadas.
2.       
SE ACREDITA:
1.      Por la venta o transferencia de las acciones, participaciones y obligaciones en subsidiarias y afiliadas.
2.      Por los abonos y cancelaciones por los créditos aceptaciones bancarias, operaciones contingentes y otras obligaciones accesorias que mantengan las subsidiarias o afiliadas.



Subcuentas
7107   Cartera de créditos y otros activos en
             Demanda judicial.
710705 Comercial prioritario
710710 Consumo prioritario
710715 Inmobiliario
710720 Para la microempresa
710725 Cartera de crédito productivo
710730 Cartera de créditos comercial ordinario
710735 Cartera de crédito de consumo ordinario
710740 Cartera de crédito de vivienda de interés  publico
710741 Cartera de crédito educativo
710742 Cartera de créditos de inversión publica
710745 Refinanciada
710750 Reestructurada
710755 Inversiones
710760 Cuentas por cobrar
710790 Otros activos

DESCRIPCIÓN
Registra el valor de los diferentes tipos de créditos, dividendos o cuotas de préstamos, así como los títulos y cupones de inversiones vencidas, los documentos de cuentas por cobrar y otros activos no cubiertos en la fecha de exigibilidad, que hayan sido entregados para la cobranza por vía judicial.  En este grupo de cuentas se incluirá el monto total de los créditos clasificados de acuerdo con su destino original.
Las instituciones financieras deberán preparar informes, cuando menos mensualmente, sobre el estado de los trámites judiciales a su cargo, y a su vez la unidad de auditoría interna de la entidad revisará y presentará los informes respectivos a la administración y al directorio o el organismo que haga sus veces.
La entidad deberá mantener en sus archivos los recibos suscritos por los abogados encargados del cobro, en los mismos que constará la fecha de entrega, así como todos los controles y registros que permitan realizar un seguimiento de los mismos.
SE DÉBITA:
1.   Por los valores de las inversiones, préstamos, cuentas por cobrar y  otros activos entregados para incoar la demanda judicial.
SE ACRÉDITA:
1.    Por abono o cancelación por parte del cliente.
2.    Por suspensión del proceso judicial, por acuerdo entre las  partes.
3.    Por  el  monto  de  los  documentos y accesorios que de conformidad con las disposiciones legales haya prescrito  su acción judicial.


7.2 CUENTAS DE ORDEN DEUDORA POR EL CONTRARIO.
Son aquellas que registran las contrapartidas acreedoras de las cuentas de orden deudoras.
Estas se encuentran con las siguientes Subcuentas:           
7201 Valores y bienes propios en poder de terceros
Son los valores de los bienes de propiedad del ente económico entregados a terceros en calidad de arrendamiento, préstamo, comodato, depósito o consignación. Estas situaciones no implican que dichos bienes dejen de ser considerados como activos del ente económico.
Se Debita:
·         Por el importe de los bienes entregados a terceros.
Se Acredita:
·         Por el retiro de los bienes entregados a terceros, ajustados.
7202  Activos propios en poder de terceros entregados en garantía
Son aquellos importes de los bienes inmuebles, valores mobiliarios y otros bienes muebles que, siendo parte de sus activos, son entregados por el ente económico a terceros en garantía de créditos obtenidos o por otras obligaciones contraídas.
Se debita:
·         Por el importe de los bienes propios entregados en garantía.
Se acredita:
·         Por la devolución de los bienes propios entregados en garantía, y
·         Por la venta pública, subasta, adjudicación y/o efectivización de los bienes o valores entregados en garantía.
7203  Activos castigados
Son valores de los activos del ente económico que por considerarse incobrables o perdidos han sido castigados de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Se debita:
·         Por el importe de los activos castigados.
Se acredita:
·         Por la recuperación de los activos castigados.
7204  Líneas de crédito no utilizadas
Son valores de las líneas de crédito individuales contratadas por el ente económico, en instituciones financieras del país o del exterior bajo las diferentes modalidades de crédito. El saldo corresponde a la porción no utilizada del crédito obtenido.
Se debita:
·         Por el valor del crédito no utilizado, y
·         Por el ajuste por diferencia en cambio a que haya lugar.
Se acredita:
·         Por la utilización parcial o total del crédito.
7205  Operaciones activas con empresas vinculadas
Están operaciones activas con empresas vinculadas se las podrá realizar en los bancos privados, las sociedades financieras , las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, las compañías emisoras o administradoras de tarjeta de crédito, las corporaciones de desarrollo de mercado secundario de hipotecas, las casas de cambio y los almacenes de arrendamiento mercantil.
7206  Operaciones activas con entidades del grupo financiero
Están operaciones activas con entidades del grupo financiero se las podrá realizar en los bancos privados, las sociedades financieras, las compañías de arrendamiento mercantil, y los almacenes de arrendamiento mercantil.
7207  Cartera de créditos y otros activos en demanda judicial
Son aquellos que registran los diferentes tipos de créditos, dividendos o cuotas de préstamos, así como los títulos y cupones de inversiones vencidas, los documentos de cuentas por cobrar y otros activos en la fecha de exigibilidad, que hayan sido entregados para cobranza por vía judicial.
Se debita:                                                     
·         Por los valores de las inversiones, prestaos, cuentas por cobrar y otros activos entregados para incoar la demanda judicial.
Se acredita:
ü  Por abono o cancelación por parte del cliente.
ü  Por suspensión del proceso judicial, por acuerdo entre las partes.
ü  Por el monto de los documentos y accesorios que de conformidad con las disposiciones legales haya prescrito su acción judicial.
7209  Intereses en suspenso
Son aquellas que se registran los intereses, comisiones e ingresos generados en operación por la entidad, que hayan sido reservados del estado de resultado por no haberse recaudado, en aplicación de las disposiciones expedidas por la SBS.
Se debita:
·         Por el valor de los interés, comisiones e ingresos reservados del estado de resultado por no haberse recaudado.
·         Por el valor de acumulación periódica de los intereses generados por operaciones vencidas y de aquellas clasificadas como cartera de crédito que no devengan intereses.
Se acredita:
·         Por la recuperación de los intereses.
·         Por el valor de los interés castigados de acuerdo a lo establecido en las disposiciones de SBS.
7210  Contratos de arrendamiento mercantil
El arrendamiento mercantil financiero, es la operación por la cual el arrendador, persona jurídica legalmente autorizada, arrienda un bien de su propiedad, por un plazo determinado y forzoso, y el arrendatario reconoce el pago de una renta, pudiendo al vencimiento ejercer cualquiera de los siguientes derechos alternativos.
Están facultadas a realizar operaciones de arrendamiento mercantil en calidad de arrendadores los bancos, las sociedades financieras, las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, las compañías de arrendamiento mercantil y la Corporación Financiera Nacional.
7211  Activos adquiridos
Estos activos adquiridos se las podrá realizar en los bancos privados, las sociedades financieras, la corporación financiera nacional, las compañías emisoras o administradoras de tarjeta de crédito, y el Banco del Estado.
7212  Obligaciones extinguidas por acuerdos concordatorios
Están obligaciones extinguidas por acuerdos concordatorios se las podrá realizar en los bancos privados, las sociedades financieras, las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, las compañías emisoras o administradoras de tarjeta de crédito, y los almacenes de arrendamiento mercantil
7213  Inversiones por vencimiento     
Registra la variación por aumento en el valor de las inversiones hasta el vencimiento como producto de su valoración periódica en forma exponencial a partir de la tasa interna de retorno calculada en el momento de la compra.
Se debita:
·         Por el incremento en el valor presente del título, producto de la valoración periódica de las inversiones hasta el vencimiento de renta fija
Se acredita:
·         Por la disminución en el valor presente del título, producto de la valoración periódica de las inversiones hasta el vencimiento renta
·         Por la cancelación de saldos al cierre del ejercicio.

7214  Obligaciones extinguidas por otros contratos    
Están obligaciones extinguidas por otros contratos se las podrá realizar en los bancos privados, las sociedades financieras, las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, las compañías emisoras o administradoras de tarjeta de crédito, ly los almacenes de arrendamiento mercantil
7215  Derechos de garantía asignados       
Es una cuenta para el sistema de garantía crediticia.
7216  Becas aprobadas y desembolsadas
Es una cuenta para el Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas.
7290  Otras cuentas de orden deudoras                           
Registra las operaciones por conceptos diferentes a los especificados anteriormente, entre otras, el valor asignado a los bienes en fideicomiso de acuerdo con las instrucciones de los derechos fiduciario
Se debita:
·         Por el valor asignado a los bienes en fideicomiso;
·         Por el importe correspondiente a otras cuentas de orden deudoras.
Se acredita:
·         Por la terminación del negocio fiduciario, y
·         Por la extinción de la causa que dio origen al registro de la operación.

 

1 comentario:

  1. Muy buen tema nos ayuda a tener mas conocimientos para asi poder desenvolvernos mejor en nuestra rama contable y seguir capacitandonos siempre.
    solo me hubiese gustado un ejemplo en lineas de credito no utilizadas

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