LAS CUENTAS DEL PATRIMONIO
4.10
CAPITAL SOCIAL
El capital social se encuentra en el pasivo del balance y desarrolla una función de garantía por parte de la empresa hacia terceros.
Es el valor de los bienes que posee la empresa y la aportación que realizan los socios. Este capital social aportado por los socios puede ser dinerario o no dinerario.
El capital social se encentra en el pasivo del balance, dentro de fondos propios.
En otras palabras, el capital social se constituye con los aportes iniciales de los socios, dinerarios o no dinerarios, para que la sociedad desarrolle los negocios que constituyen su objeto social
4.11 PRIMA O DESCUENTOEN COLOCACION DE
ACCIONES
La prima en colocación de acciones es el valor adicional al valor
nominal de las acciones que se cobra al enajenarlas.
La prima en colocación de acciones surge cuando las acciones son
colocadas en el mercado por un precio superior al nominal.
La prima en colocación de acciones forma parte del patrimonio como
superávit mas no como capital social, debido a que la empresa registra como
capital las acciones vendidas por el valor nominal, que será la participación
que tendrá el accionista, y el exceso, es decir la prima, será contabilizada
como superávit que no es de propiedad el inversionista sino de la sociedad como
tal.
Supongamos una sociedad cuyas acciones tienen un valor nominal de
$1.000.000 y decide vender 100 acciones a un valor de $1.200.000 cada una.
En este caso la empresa recibe $1200.000.000 de los cuales
$100.000.000 corresponden al socio, que son los que van al capital social, y
los otros $20.000.000 corresponden a la sociedad como prima en colocación
acciones.
El socio, aunque ha pagado 120 millones, sólo tendrá 100 millones
en acciones puesto que ese es el valor nominal de las acciones que ha
adquirido.
La prima en colocación de acciones, se da por la fortaleza
económica y financiera de una sociedad entre otros elementos, lo que la hace
atractiva a los inversionistas, quienes ven como una buena opción invertir en
una sociedad fuerte, con proyección de crecimiento, lo que los lleva a pagar un
sobre precio por sus acciones.
Frente a los impuestos, la prima en colocación de acciones es
considerada como un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, siempre que se contabilice
como superávit no distribuidle a los socios, o se capitalice, es decir, se
distribuya en acciones.
La prima de en colocación de acciones será ingreso no constitutivo
de renta ni ganancia ocasional, siempre que permanezcan en el patrimonio. En el
momento que se retire del patrimonio y se distribuya a los socios, se
convierten en renta gravada.
El objetivo principal de esta media, ha sido precisamente
incentivar la economía de las sociedades, puesto que busca
evitar la descapitalización de la sociedad mediante la distribución de
utilidades, de ahí que se pierde el beneficio tributario al momento de
distribuir la prima de servicios, puesto que se deja de
cumplir el objetivo buscado con este beneficio.
La prima en colocación de acciones es consecuencia precisamente de
su fortaleza financiera entre otros aspectos, y los beneficios tributarios para
esta figura, buscan seguir fortaleciendo la sociedad mediante la
capitalización, estrategia necesaria para garantizar el capital de trabajo de la sociedad y su
capacidad de realizar nuevas inversiones que garanticen su permanencia o
expansión en el mercado.
El procedimiento tiene carácter financiero, acorde con las
circunstancias de rentabilidad de la empresa, máxime cuando se han acumulado
grandes superávit durante la vida del ente económico, y no se puede defraudar a
los accionistas antiguos a costa de incentivar el ingreso de los nuevos
accionistas. Para calcular la prima en la emisión de acciones, se tiene en
cuenta dos criterios que son discutibles desde todo punto de vista:
El superávit ganado con base en las utilidades apropiadas en
reserva y no apropiadas, el superávit de capital (en emisiones pasadas), el
superávit por valorización con base en los estudios técnicos, significan el
fruto de sus esfuerzos y los cambios de la estructura financiera del
patrimonio, el cual debe ser reconocida por el nuevo accionista que suscribe la
acción, de lo contrario el número de acciones vendidas a la par, entrarían a
rebajar el valor intrínseco de la acción.
El segundo criterio, para calcular la prima en emisión de acciones,
puede estar justificado además del superávit acumulado, en las expectativas que
se tiene de la empresa, por sus objetivos que persigue, el mercado regional o
nacional, el capital intelectual de sus empleados y en todo caso la importancia
que tenga en el sector y la prospectiva que se esté generando dentro de la
empresa por el desarrollo de nuevos productos.
La prima en emisión de acciones debe contabilizarse como superávit
de capital cuando no es susceptible de distribuirse en calidad de dividendo a
los antiguos accionistas. Pero si se quiere optar por la fórmula, se
contabiliza como utilidad y se paga la tasa impositiva de impuesto a título de
impuesto por ganancia ocasional.
Si transcurrido varios años de prudentes utilidades, y que en
asambleas generales se ha sabido mantener la capacidad del patrimonio, mediante
apropiación de reservas acumuladas lo suficientemente amplias, como para montar
la prima sobre el valor nominal de la acción y para no desmejorar
las condiciones actuales de los accionistas, se considera los siguientes
supuestos:
Venta de contado de acciones con prima: se colocan en el
mercado las 150.000 acciones de valor nominal de $1.000 por un valor igual al
valor intrínseco de $1.600 cada una, cuyo mayor valor se contabilizará como
prima en emisión y colocación de acciones.
La emisión de acciones de contado, también amerita del impuesto de
registro en la Cámara de Comercio, el cual ya es de buen manejo del lector,
además de los contratos de emisión de acciones se pagan en el momento de su
elaboración por lo tanto amerita el siguiente registro:
Las reservas son beneficios obtenidos por la empresa y que no han sido distribuidos entre sus propietarios. Pero este concepto solamente es válido desde una perspectiva amplia, ya que se puede hacer una subdivisión de las distintas clases de reservas en función de su origen.
Códigos
|
Cuentas
|
Débitos
|
Créditos
|
110505
|
Caja general
|
240.000.000
|
|
310510
|
Capital suscrito por emitir
|
|
|
31051001
|
Fernando Fierro C. 30.000 acciones
|
|
30.000.000
|
31051002
|
Humberto Rueda 30.000
acciones
|
|
30.000.000
|
31051003
|
Ana Derly Cubillos 30.000
acciones
|
|
30.000.000
|
31051004
|
Álvaro Caldón 30.000
acciones
|
|
30.000.000
|
31051005
|
Myriam Lozano 30.000 acciones
|
|
30.000.000
|
320510
|
Prima en emisión de acciones
|
|
|
32051001
|
Fernando Fierro C. 30.000 acciones
|
|
18.000.000
|
32051002
|
Humberto Rueda 30.000
acciones
|
|
18.000.000
|
32051003
|
Ana Derly Cubillos 30.000
acciones
|
|
18.000.000
|
32051004
|
Álvaro Caldón 30.000
acciones
|
|
18.000.000
|
32051005
|
Myriam Lozano 30.000 acciones
|
|
18.000.000
|
Registra el pago de contratos de emisión de acciones
con prima y de contado
|
Es importante que el estudiante elabore y presente el balance
general en este momento de la emisión, dadas las características del nuevo plan
de cuentas y la evolución del patrimonio.
Con la siguiente presentación se comprueba que las 450.000 acciones
se encuentran valoradas a $1.600 para un total de $720.000.000 las cuales, las
primeras 300.000 ganaron un superávit que le permite tal reconocimiento sobre
el valor nominal, y las segundas 150.000 pagaron el valor de los superávit
acumulados al momento de cancelar los contratos de emisión y colocación, para
darle igual capacidad financiera y de operación al capital de la sociedad.
Prima en la colocación de aportes: la prima en la
colocación de aportes representa el mayor valor cancelado sobre el valor
nominal o sobre el costo de los aportes en el cual se debe contabilizar por
separado dentro del patrimonio. (Art. 84, D.R. 2649/93).
Este procedimiento se lleva a cabo, mediante la cuantificación del
valor intrínseco para optar por un criterio económico, mediante una prima que
compense los superávit acumulados por la sociedad en los ejercicios anteriores
(reservas, utilidades del ejercicio y acumuladas, valorizaciones) y otros
aspectos cuantitativos (las expectativas de mercado, nuevas estrategias
planteadas por directivos, posicionamiento del productos en mercado interno y
externo, etc.), para mantener el equilibrio intrínseco del valor patrimonial de
los antiguos socios, para guardar equilibrio con el valor de mercado si se
cotizas en bolsa de valores.
Otra forma sería mediante la valoración de la empresa y así mismo
exigirle al nuevo asociado un valor actual que estaría en condiciones de
invertir porque satisface su rentabilidad. La fundamentación cuantitativa para
determinar esta prima, puede ser por medio de cálculo de proyección y
evaluación financiera que se haga de la empresa en el corto y largo plazo y en
la medida del valor de la empresa a precios de hoy mediante una tasa de
oportunidad o de descuento apropiada.
Fuente: Supersociedades establece nuevo
tratamiento mercantil de las primas en colocación de acciones
www.gerencie.com ›
Impuestos
www.contabilidadyfinanzas.com/prima-en-emision-de-acciones
4.12 RESERVAS
¿QUÉ TIPOS DE
RESERVAS HAY?
Se diferencian comúnmente dos grupos de reservas:
Reservas procedentes de beneficios no repartidos. La característica común de estas reservas es que se originan cuando la empresa ha tenido beneficios
· Reserva legal. Es aquella cuya dotación es obligatoria por mandato del artículo 274.1 de la LSC (Ley de Sociedades de Capital): “En todo caso, una cifra igual al diez por ciento del beneficio del ejercicio se destinará a la reserva legal hasta que ésta alcance, al menos, el veinte por ciento del capital social”.
· Reservas estatutarias. Los estatutos de la sociedad pueden recoger, libremente, la dotación a estas reservas, que sólo se podrán destinar a los fines que se fijen.
· Reservas voluntarias. Una vez que se han cubierto todas las atenciones legales y estatutarias, se puede decidir no repartir el resto del beneficio y dotar estas reservas. Lo que la empresa está consiguiendo es más autofinanciación, porque los recursos generados en el ejercicio (beneficios) no se reparten y se evita su salida al exterior de la empresa. Los recursos así generados podrán aplicarse a la adquisición de más inmovilizados, más existencias, en definitiva, a ampliar el poder económico de la empresa, siempre por decisión tomada por la Junta General de Socios.
· Reservas especiales. Son aquellas que están establecidas por cualquier disposición de carácter obligatorio.
· Reservas para acciones de la sociedad dominante. Esta reserva se dotará cuando se adquieran o acepten en garantía acciones de la sociedad dominante. Además, mientras dure esta situación estas reservas son de carácter indisponible.
· Reservas para acciones propias. La adquisición de acciones propias es una operación lícita, y cuando se realiza, se está produciendo una disminución efectiva de la cifra de capital social, que la ley intenta paliar con la dotación de una reserva de carácter indisponible por el importe de las acciones propias adquiridas y que permanecerá en el balance en tanto no se produzca la enajenación de las mismas
Reserva por capital amortizado.
Reserva por capital amortizado.
Reservas derivadas de aportaciones de los socios. Es lícita la emisión de acciones con prima. Es el sobreprecio sobre el valor nominal con el que se emiten nuevas acciones para compensar el mayor valor que tienen las acciones o participaciones antiguas existentes y compensar a los propietarios por la dilución del valor de esas acciones o participaciones. Esta “prima de emisión” deberá satisfacerse íntegramente en el momento de la suscripción y va a ser una reserva disponible, es decir, que en un momento determinado esa reserva puede ser retirada de la sociedad sin ninguna traba legal.
¿Cuáles son sus características?
· Se dotan con cargo a los beneficios generados por la actividad empresarial.
· Suponen un incremento del patrimonio empresarial.
· No tienen límite temporal: Se pueden ir acumulando con el transcurso del tiempo.
· Fuente de financiación interna, propia y a largo plazo: Recursos propiedad de la empresa y derivados de la propia actividad, destinados a formar parte del balance en un periodo largo de tiempo.
· Existencia de una obligación legal de retener un porcentaje de las ganancias: Surgen las reservas legales que, por requerimiento de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), se constituyen anualmente por el 10% de los beneficios generados en el ejercicio hasta alcanzar el 20% del capital social.
· Obligación de dotarla si está expresamente señalado en los estatutos sociales: Surgen así las reservas estatutarias. Su constitución es obligatoria si se señala en los estatutos. Para dejar de constituirlas habría que modificarlo.
· Pueden dotarse por expresa voluntad social: Hablamos de las reservas voluntarias. No señaladas ni en la ley ni en los propios estatutos sociales, sino que se acuerda constituirlas a voluntad de los socios en junta general, pero siempre una vez dotada la reserva legal y estatutaria
¿Qué utilidades tienen?
Para las pymes, la autofinanciación representa la principal forma de obtener recursos financieros a largo plazo, ya que les resulta difícil acceder a los mercados financieros en las mismas condiciones que las grandes empresas en búsqueda de préstamos y créditos fundamentalmente.
La retención de beneficios permite a la empresa suministrarse de unos recursos económicos más baratos que si los solicitase a un tercero y así reducir el nivel de endeudamiento y una situación financiera más solvente por lo que repercute positivamente a la hora de obtener créditos en el futuro.
¿Cuáles son sus ventajas e inconvenientes?
Ventajas de la autofinanciación de enriquecimiento (reservas):
· La autofinanciación de enriquecimiento (reservas) supone un aumento de los recursos disponibles que permite a la empresa tener mayor autonomía financiera, no dependiendo de la concesión de créditos.
· La obtención de recursos externos supone mayores trámites, tiempo y gastos que la financiación interna a través de las reservas.
· La retención de beneficios permite reducir el nivel de endeudamiento y una situación mas saneada, por lo que repercute favorablemente a la hora de obtener nuevos préstamos en el futuro.
· Financiación barata: Las reservas suponen para la empresa una fuente de recursos financieros que no es necesario remunerar explícitamente, de forma inmediata y regular, a través de intereses o dividendos.
Inconvenientes de la autofinanciación de enriquecimiento (reservas):
· El coste de oportunidad para el socio. El socio, si quiere dotar a la empresa de mayor solvencia financiera a través de las reservas, renuncia a percibir parte del beneficio en forma de dividendo.
· En ocasiones las inversiones autofinanciadas son poco rentables puesto que como el dinero es de la empresa las decisiones se pueden tomar mas a la ligera.
· Beneficia en menor medida que los recursos ajenos a los procesos de expansión y crecimiento de la empresa por la propia limitación de los recursos propios de la empresa
4.13 OTROS APORTES PATRIMONIALES
Registra los aportes no
reembolsables que reciben los bancos e instituciones financieras del Estado y
las donaciones recibidas por las entidades del sistema financiero, excepto por
el sistema de garantía crediticia. Para que los otros aportes patrimoniales,
las donaciones y los otros aportes que se registran en este grupo sean
considerados dentro del patrimonio técnico primario, de conformidad con lo que
establece el artículo 1, de la sección III “conformación del patrimonio técnico
total, del capítulo I” “relación entre el patrimonio técnico total y los
activos y contingentes ponderados por riesgo para las instituciones del sistema
financiero”, de subtitulo V “de la relación del patrimonio técnico constituido
frente a los activos y contingentes ponderados por riesgo”, del título IV “del
patrimonio”, de la codificación de resoluciones de la superintendencia de Bancos
y Seguros de la Junta Bancaria, deberán ser líquidos y no tener ningún tipo de
condicionamiento futuro que haya sido definido el momento de su entrega, si
tales aportes no fueren en efectivo (líquidos) o se sujetaren a
condicionamientos futuros, no formarán parte del patrimonio técnico
constituido.
CUENTAS
3401 Otros aportes patrimoniales
3402 Donaciones
340205 Efectivo
340210 Bienes
4.14 SUPERAVIT POR VALUACIONES
Es aquella cuenta que registra la contrapartida de la valuación o ajuste a precios de mercado del valor neto en libros de los bienes inmuebles que se encuentran en cta.
· 1801 Propiedades y Equipo
· Terrenos y 1802 Propiedades y Equipo
· Edificios conforme a lo determinado por la Superintendencia de Bancos.
Adicional registra el ajuste a valor patrimonial proporcional de las inversiones en acciones.
Registra también la ganancia o pérdida originada por la fluctuación del valor razonable de los instrumento de inversión clasificados como “Disponibles para la venta” y de “Disponibilidad restringida”
4 .15. RESULTADOS
En esta cuenta por lo general se registra los remanentes de las utilidades o excedentes no distribuidas o las pérdidas no resarcidas de ejercicios anteriores y las utilidades
CATALOGO UNICO DE CUENTAS | ||||||||||||||||||
ELEMENTO
|
GRUPO
|
CUENTA
|
USUARIOS
| |||||||||||||||
3
PATRIMONIO
|
35
SUPERAVIT POR VALUACIONES
|
B
|
I
|
F
| ||||||||||||||
M
|
C
|
C
|
B
|
E
|
B
|
E
|
A
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S
|
O
| |||||||||
B
|
S
|
U
|
T
|
O
|
A
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T
|
F
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E
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D
|
N
|
C
|
C
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L
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G
|
D
| |||
P
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F
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T
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C
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O
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M
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H
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N
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V
|
E
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F
|
E
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C
|
M
|
C
|
E
P
I
| |||
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
| |||
CUENTAS
| ||||||||||||||||||
3501
|
Superávit por valuación de propiedades, equipo y otros
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
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X
|
X
|
X
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X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
| |
3502
|
Superávit por valuación de inversiones en acciones
|
X
|
X
|
X
|
-
|
X
|
-
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
| |
3503
|
Valuación inversión neta en un negocio en el extranjero
|
X
|
X
|
X
|
-
|
X
|
-
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
| |
3504
|
Valuación de inversiones en instrumentos financieros
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
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X
|
X
|
X
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X
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X
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X
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X
|
X
|
X
|
X
|
X
| |
excedentes netos o pérdidas que se suscitaron dentro del ejercicio fiscal que se va a proceder al cierre.
Dentro de este grupo se tiene las siguientes subcuentas:
· 3601 Utilidades o Excedentes Acumuladas
· 3602 (Pérdidas Acumuladas)
· 3603 Utilidad o Excedentes del Ejercicio
· 3004 (Pérdida del Ejercicio)
Las subcuentas antes citadas dentro del sistema financiero ecuatoriano engloban los siguientes
usuarios:
CATALOGO UNICO DE CUENTAS
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||
ELEMENTO
|
GRUPO
|
CUENTA
|
USUARIOS
| ||||||||||||||||||||||||||||||||
3
PATRIMONIO
|
36
RESULTADOS
|
B
|
I
|
F
| |||||||||||||||||||||||||||||||
M
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C
|
C
|
B
|
E
|
B
|
E
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A
|
S
|
O
| ||||||||||||||||||||||||||
B
|
S
|
U
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T
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O
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A
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T
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F
|
E
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D
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N
|
C
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C
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L
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G
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D
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P
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F
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T
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C
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O
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M
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H
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N
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V
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E
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F
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E
|
C
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M
|
C
|
E
P
I
| ||||||||||||||||||||
X
|
X
|
X
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X
|
X
|
X
|
X
|
X
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X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
| ||||||||||||||||||||
CUENTAS
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||
3601
|
Utilidades o excedentes acumuladas
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
| ||||||||||||||||||
3602
|
(Pérdidas acumuladas)
|
X
|
X
|
X
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X
|
X
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X
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X
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X
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X
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X
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X
|
X
|
X
|
X
|
X
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X
| ||||||||||||||||||
3603
|
Utilidad o excedentes del ejercicio
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
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X
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X
|
X
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X
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X
|
X
|
X
|
X
|
X
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X
| ||||||||||||||||||
3604
|
(Pérdida del ejercicio)
|
X
|
X
|
X
|
X
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X
|
X
|
X
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X
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X
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X
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X
|
X
|
X
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X
|
X
|
X
| ||||||||||||||||||
3601 Utilidades o Excedentes Acumuladas.- Registra el remanente de las utilidades o excedentes operativos no distribuidos no resarcidas de ejercicios anteriores.
DINAMICA
SE DEBITAN
1. Por el monto de las reservas legales, facultativas y para readquisición de acciones declaradas por la Junta General de Accionistas o socios y/o la Superintendencia de Bancos, con abono a las cuentas 3301 Reservas - Legales, 3303 Reservas - Especiales y 3304 Reserva para readquisición de acciones propias.
2. Por transferencia a la cuenta 3302 Reservas - Generales, en el caso de entidades estatales, y de las asociaciones mutualistas de ahorro y créditos para la vivienda previa disposición del organismo administrativo competente.
3. Por la distribución de utilidades o excedentes, por acuerdo de los accionistas o socios.
Por la absorción del saldo de pérdidas acumuladas. Hacer referencia como base legal a lo dispuesto en el numeral 8, del artículo 10 y al primer inciso del artículo 11 de la Ley de Régimen Tributario Interno
|
SE ACREDITAN
1. Por el importe de las utilidades o excedentes operativos netos que se encuentran a disposición de los accionistas o socios.
|
3602 (Pérdidas Acumuladas).- Esta cuenta registra las pérdidas operativas y no operativas no resarcidas de ejercicios anteriores
DEBITA
1. Por el importe de la pérdida neta del ejercicio anterior, no enjugadas.
|
ACREDITA
2. Por la absorción del saldo de pérdidas acumuladas con cargo a Utilidades acumuladas, Utilidad del ejercicio, a Reserva - Revalorización del patrimonio o a Reservas.
|
3603 Utilidad o Excedentes del Ejercicio.- Registra la utilidad o excedente operativo que obtenga la institución al cierre del ejercicio, y se ponga a disposición de los accionistas o socios, la que será transferida el primer día laborable del siguiente ejercicio económico a las cuentas 3601 “Utilidades o excedentes acumulados”, una vez efectuadas las deducciones establecidas en disposiciones legales
DEBITOS
1. Por la transferencia a reserva legal del 10 por ciento de las utilidades operativas netas a disposición de los accionistas o socios, hasta cuando ésta sea igual al 50 por ciento del capital pagado.
Esta transferencia se realizará el primer día laborable del ejercicio económico y antes de efectuar la transferencia de las utilidades o excedentes netos a 3601 Utilidades o excedentes acumulados.
2. Por transferencia del saldo de las utilidades operativas netas del ejercicio a la subcuenta 3601 Utilidades o excedentes acumulados, el primer día laborable del ejercicio.
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CREDITO
1. Por las utilidades o excedentes operativos netos que obtenga la entidad al cierre del ejercicio económico y que queden a disposición de los accionistas o socios.
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3604 (Pérdida del Ejercicio).- Esta cuenta registra la pérdida operativa y no operativa que obtenga la institución al cierre del ejercicio, y se ponga a disposición de los accionistas o socios, la que será transferida el primer día laborable del siguiente ejercicio económico a la cuenta 3602 Pérdidas acumuladas
DEBITOS
DEBITOS
1. Por las pérdidas operativas y no operativas que obtenga la entidad al cierre del ejercicio económico y que queden a disposición de los accionistas o socios.
2. Por la compensación de pérdidas de ejercicios anteriores expresadas, de conformidad con el artículo 11 de la Ley de régimen tributario interno y literal b) del numeral 6 del artículo 5 del Reglamento general de aplicación del impuesto a la renta.
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CREDITOS
1. Por transferencia de las pérdidas operativas y no operativas del ejercicio a la cuenta 3602 Pérdidas acumuladas el primer día laborable del ejercicio económico.
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Me parece muy bien el trabajo pero a mi parecer faltó más en superavit por valuaciones quizás un ejemplo que haga mas claro el concepto
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